Registro de jornada 2019

El Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social ha publicado una guía con el fin de facilitar la aplicación del registro de jornada obligatorio. En el documento se recogen los criterios de que se debe hacer en cada caso, tanto desde la alta dirección, como puestos intermedios con libre disponibilidad de tiempo de trabajo o trabajadores autónomos.

¿En qué casos se debe aplicar?

  • Esta norma afecta a todas las categorías y grupos profesionales de todos los sectores de actividad y de todas las empresas, independientemente de su tamaño.
  • A los trabajadores por cuenta ajena y empleados por personas físicas o jurídicas, exceptuando al personal de alta dirección.
  • Los horarios flexibles y el teletrabajo se controlarán en secuencias temporales superiores al día
  • Estarían exentos de la aplicación las relaciones laborales de carácter especial que no lo tengan establecido en su normativa específica.

Os recordamos que las empresas deben conservar los registros de jornada por un período de tiempo de al menos cuatro años.

Toda la información detallada la encontraréis en el siguiente documento que os adjuntamos más abajo.

Guía-sobre-el-registro-de-jornada

2019-12-10T14:57:46+00:00